Lo no previsto se estará a los acuerdos que para tal efecto tome el Director General en común acuerdo con los Representantes del SNTE Sección 30 ante el Comité Técnico del SARTET.

Montos, plazos a pagar, tasas de interés y beneficios adicionales de los préstamos.

  1. Los montos, plazos a pagar y tasas de interés que se aplicarán a los préstamos serán en los términos de los acuerdos que para el efecto tome el Comité Técnico del SARTET; conforme a las variaciones del costo del dinero que determine el Banco de México.
  2. La tasa de interés que se aplique a los préstamos quedará congelada durante el proceso de pago de los mismos.
  3. El cálculo de los intereses para el pago de préstamos está establecido sobre saldos insolutos y conforme a los términos de las cláusulas de aceptación de la Solicitud-Pagaré.
  4. Para el caso de solicitar la liquidación total del préstamo, se cuenta con el beneficio de la bonificación de intereses por devengar.
  5. Otorgamiento de una “Póliza de Garantía de Protección al Ahorro del SARTET”, por cada préstamo que se autorice, gratuita hasta por 120 quincenas (5 años) sobre saldos de capital en caso de fallecimiento (ver condiciones). En los préstamos Hipotecarios a partir de la quincena 121 se generará el cobro equivalente a tres al millar en forma anual sobre el capital que se adeude al IPSSET/SARTET, costo correspondiente que el afiliado contratante deberá cubrir anticipadamente del monto del préstamo otorgado y se verá reflejado en el Reporte de Pago.
  6. Se podrán disfrutar todas las modalidades de préstamos y los montos que su capacidad de pago le permita, atendiendo la disposición patronal 70-30%, a excepción de los Programas Adicionales del Personal pensionado del ISSSTE e IPSSET.
  7. Todo adeudo no cubierto en su oportunidad causará intereses moratorios, a razón del 30% superior a la tasa de interés pactada en el préstamo.

OPCIONES DE PRÉSTAMOS.

Los siguientes códigos de cada opción o modalidad de préstamos pertenecen a los descuentos quincenales o mensuales, del personal de origen Federal Transferido o Estatal, Pensionado del IPSSET o del ISSSTE, segun corresponda, que se reflejan en sus comprobantes de pago.

Préstamo Códigos de descuento
Emergente Federal: Código 95     Estatal: Código 67
Ordinario Federal: Código UO     Estatal: Código UO
Especial Federal: Código 85     Estatal: Código 95
Contingencia Federal: Código UC     Estatal: Código UC
Especial con garantía de Aval Federal: Código UE     Estatal: Código UE
Contingencia con garantía de aval Federal: Código UA     Estatal: Código UA
Préstamo Complementario (equiparable a los montos y requisitos de los préstamos existentes, a excepción del Préstamo Emergente) solo se puede solicitar una de sus modalidades:
  • El importe máximo equivalente hasta 200 veces la aportación de ahorro quincenal como afiliado.
  • El importe máximo equivalente de 201 hasta 400 veces la aportación de ahorro quincenal como afiliado.
  • El importe máximo equivalente de 401 hasta 800 veces la aportación de ahorro quincenal como afiliado.
  • Los códigos para este tipo de préstamo en sus 3 modalidades son: Federal: Código UM     Estatal: Código UM
    Formato Muestra Descargar en PDF
    PRÉSTAMO PARA EL PERSONAL PENSIONADO DEL IPSSET.
    Monto: Hasta 6 meses de su pensión. Plazo: hasta 24 meses. Código 78
    PRÉSTAMO PARA EL PERSONAL PENSIONADO DEL ISSSTE.
    Ordinario Código 228
    Monto: Equiparable al préstamo Ordinario del ISSSTE, Hasta $50,000.00. Plazo: Hasta 24 meses.
    Especial Código 228
    Monto: Equiparable al préstamo Especial del ISSSTE, Hasta 6 meses de su pensión mensual. Plazo: Hasta 24 meses.
    Formato muestra Descargar en PDF
    Préstamos Hipotecarios:
  • Liquidez con garantía hipotecaria.
  • Adquisición de vivienda.
  • Liberación de hipoteca.
  • Adquisición de terreno urbano.
  • Los códigos para este tipo de préstamo en sus 4 modalidades son: Federal: Código UH     Estatal: Código UH
    Nota: Será considerada la edad cronológica de los afiliados solicitantes de préstamo hipotecario como requisito para el establecimiento del plazo a pagar, la edad límite para las mujeres será de 75 años y para los varones será de 70 años.

    REQUISITOS PARA EL TRÁMITE DE PRÉSTAMOS.

    1. Acreditar su afiliación al SARTET.
    2. Mantener correctamente requisitada la Cédula Testamentaria ante el SARTET.
    3. Contar con el Certificado Digital para Firma Electrónica Avanzada (en su caso), Frase de Seguridad, Usuario y Contraseña para consultas en el Portal Web.
    4. Suscribir el Aviso de Privacidad vigente.
    5. El solicitante y su aval (en su caso) no deberán contar con pagos irregulares en préstamos otorgados (de estar en este supuesto, comunicarse al Departamento de Contabilidad o de Recuperación Estratégica de Cobranza de Préstamos del SARTET para regularizar su situación, conforme a los procesos establecidos).
    6. Proporcionar una dirección de correo electrónico de contacto personal para recibir notificaciones y realizar consultas personalizadas.
    7. Proporcionar un número telefónico vigente de localización personal.
    8. Cumplir con la disposición patronal de liquidez 70-30%, a excepción del personal pensionado de la Educacióón del IPSSET e ISSSTE.

    Una vez que el préstamo sea tramitado y autorizado, el afiliado solicitante no deberá contraer deudas que afecten la retención por concepto de descuento del préstamo a favor del IPSSET/SARTET

    Si llega a acumular más de 2 pagos irregulares durante la vigencia del pago del préstamo, el afiliado quedará sujeto a:

    • Que el IPSSET/SARTET exija el pago total del adeudo generado como consecuencia del del préstamo otorgado que solicite y los cargos generados por mora, así como los gastos y costas derivados del procedimiento legal instaurado en su contra en razón del incumplimiento.
    • El IPSSET/SARTET aplicará una suspensión con carácter irrevocable por 3 años, para solicitar el beneficio y autorización de nuevos préstamos, los efectos iniciarán su vigencia a partir de la liquidación total del préstamo en referencia.
    • Perder irrevocablemente el beneficio de obtener la aplicación de la tasa de interés de costo sobre saldos insolutos.

     

    "PROGRAMA ADICIONAL PARA EL PERSONAL DE EDUCACIÓN NO TRANSFERIDO DE LOS NIVELES MEDIO SUPERIOR, SUPERIOR Y CECATI.

    • Al reflejarse su primera aportación de ahorro como afiliado en su estado de cuenta bancario, se tendrá derecho a solicitar un Préstamo Ordinario o Especial, a partir del cual deberá construir un buen historial crediticio que le permitirá acceder a las diferentes opciones de préstamos.
    • Tendrá derecho a reestructurar su adeudo únicamente cuando haya pagado el 50% o más del primer préstamo.
    • Todas las modalidades de préstamos llevarán garantía de aval, los cuales pueden ser de su mismo nivel educativo además del personal activo de Educación Básica Estatal y Federal Transferido.

    "PROGRAMA ADICIONAL PARA EL PERSONAL DE EDUCACIÓN PENSIONADO DEL ISSSTE".

    • Contar con liquidez acreditable en su comprobante de pago, para poder solventar el descuento que se genere, siempre que la pensión del interesado no se vea afectada con otras retenciones, que incluyendo esta misma, no rebasen en conjunto el 30% del importe total del concepto de pensión, considerando resoluciones judiciales y compromisos con el ISSSTE y/o FOVISSSTE.
    • En caso de reestructuración, haber cubierto el 50% o más del adeudo del préstamo vigente.
    • Los montos, plazos a pagar, tasas de interés y costos que se aplicarán a los préstamos serán en los términos previstos en el CONVENIO DE COLABORACIÓN CELEBRADO ENTRE EL ISSSTE Y EL SNTE SECCIÓN 30 TAMAULIPAS, además de los acuerdos que para el efecto tome el Comité Técnico del SARTET.
    • Se estableció una cuota mensual de administración a favor del ISSSTE del 2% sobre el valor de las retenciones mensuales para préstamos Ordinarios con plazo hasta de 12 meses y en préstamos Especiales cuando el plazo sea mayor a 12 meses se aplicará el 3% sobre el valor de las retenciones mensuales.

    NOTA IMPORTANTE: Los pensionados que cuenten con adeudo de préstamo del SARTET, no podrán retirar sus aportaciones de ahorro del 10%, hasta por el importe del saldo de dicho préstamo para quedar como garantía del pago de su adeudo.

    "PROGRAMA ADICIONAL PARA EL PERSONAL DE EDUCACIÓN PENSIONADO DEL IPSSET".

    • Al solicitar un préstamo el descuento mensual del mismo no debe rebasar el 50% de su pensión sin excepción, calculado del concepto 001. Plazo máximo a pagar: 24 meses, Código: 78

    NOTA IMPORTANTE: El personal de educación, pensionado por el IPSSET que cuenten con adeudo de préstamo del SARTET, no podrán retirar sus aportaciones de ahorro del 10%, hasta por el importe del saldo de dicho préstamo para quedar como garantía del pago de su adeudo.

    Copia simple legible, además de estar vigentes en atención a la fecha de cobro, señalada en la solicitud-pagaré:

    1. Cualquiera de los últimos dos comprobantes de pago correspondientes a cada una de las claves presupuestales, Estatal, Federal Transferido o No Transferido, pensionado del IPSSET e ISSSTE con que cuente el solicitante en atención a la fecha en que se realiza el trámite.
    2. Credencial para votar o pasaporte mexicano vigente.
    3. Comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a 3 meses de su facturación, exclusivamente Aviso Recibo expedido por la Comisión Federal de Electricidad o Recibo de Agua expedido por el Organismo Operador de Agua Potable que corresponda (no se aceptan impresiones de cajeros automáticos).
    4. Constancia de Situación Fiscal Completa, con una antigüedad no mayor a un año de su fecha de expedición.
    5. Estado de cuenta bancario personal, aplica para quien desee el depósito del préstamo en cuenta diferente a la de nómina o que reciba el pago de su sueldo mediante cheque.
    6. Los formatos que se enlistan a continuación, se le facilitarán al solicitante y su aval (en su caso) al momento de hacer el trámite, electrónico o autógrafo, según corresponda:
    7. Formato de solicitud de préstamo.
    8. Pagaré
    9. Formato para Expediente Único de Identificación del Usuario como Persona Física.
    10. Carta de no existir Dueño Beneficiario* en los términos del Capítulo III, Artículo 18 Fracción III de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y del Anexo 3, inciso b, numeral iv, de las Reglas Generales a que se refiere dicha Ley.
    11. Formato de Alta del Servicio de domiciliación bancaria, presentando estado de cuenta de nómina origen o de portabiidad en su caso o bien comprobantes de pago que incluyan el número de cuenta clabe.
    12. Solicitud para transferencia bancaria.

    Nota: El SARTET se reserva el derecho de solicitar al afiliado toda clase de documento o información complementaria, a razón de estar en condiciones de hacer efectivo el trámite de préstamo.


    LA FIGURA DE AVAL JURÍDICAMENTE.

    EL SARTET NO TIENE PARTICIPACIÓN ALGUNA EN LOS ACUERDOS ENTRE AFILIADOS PARA DECIDIR Y DETERMINAR SU VOLUNTAD DE FUNGIR COMO AVAL ENTRE UNO Y OTRO, SON ACUERDOS DE VOLUNTADES ENTRE PARTICULARES REGULADOS POR LA LEY, PARA EL CASO DE EXISTIR CONTROVERSIAS O INCUMPLIMIENTOS.

    El SARTET, contempla la figura del Aval, quien asuma esta responsabilidad debe estar consciente de lo que esto conlleva, considerando lo siguiente:

  • Funge como garantía total o parcial de pago de la cantidad prestada a un tercero.
  • Se obliga solidariamente con el deudor, para en caso de que éste no realice dicho pago.
  • Asegura que la deuda será saldada.
  • El SARTET, en este caso, tiene el derecho de exigirle al aval que cubra la deuda, mediante los procedimientos establecidos, para tal fin.
  • Se hace acreedor a una posible ejecución legal en su contra.
  • Esta disposición está fundamentada en el Artículo 109 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
  • El aval, en el formato de solicitud de préstamo, con el estampado de su firma, electronica o autografa, está ratificando su disposición de aceptar sin objeción alguna la aplicación de lo establecido en el Convenio de Creación del SATET y Adendum referenciado al mismo, Reglamento, Acuerdos y demás Normatividad que regula al SARTET, al que se encuentra afiliado de manera estrictamente voluntaria y personal; e igualmente reconoce su obligación de sujetarse a lo señalado en las cláusulas aplicables a su persona y de manera indistinta, plasmadas en la solicitud pagaré de préstamo.

    En el caso de los préstamos con Aval, cuando el deudor principal presente pago(s) irregular(es) se efectuarán los traspasos correspondientes al Aval, mediante los procedimientos establecidos por los Departamentos de Contabilidad y/o de Recuperación Estratégica de Cobranza de Préstamos, según corresponda

  • El aval no deberá ser aval vigente de otra persona distinta al solicitante.

  • DOCUMENTACIÓN DEL AVAL (Copias simples legibles):

    1. Cualquiera de los últimos dos comprobantes de pago correspondientes a cada una de las claves presupuestales, Estatal, Federal Transferido y No Transferido, en su caso, con que cuente el aval en atención a la fecha en que se realiza el trámite.
    2. Credencial para votar o pasaporte mexicano vigentes.
    3. Estado de cuenta bancario de nómina origen o de portabiidad en su caso o bien comprobante de pago que incluya nómero de cuenta clabe
    4. Formato de Alta del Servicio de domiciliación bancaria, proporcionado por el SARTET.

    Cobro de préstamos

    CONSULTAS EN EL PORTAL WEB

    Al finalizar el proceso de afiliación al SARTET, éste les asigna a sus afiliados el Usuario y Contraseña, para ser utilizada en trámites, complementación de datos personales, agendar citas presenciales programadas y/o consultas de información a través del Portal Web.

    En caso de extravío del documento, su reimpresión se podrá solicitar personalmente en las Oficinas Centrales del Sistema o en las sedes en donde se llevan a cabo las Giras de Trabajo SARTET, en las 15 Secretarías de Organización, dependientes del Comité Ejecutivo de la Sección 30 del SNTE.

    REQUISITO PARA SU OBTENCIÓN O REIMPRESIÓN EN CASO DE EXTRAVÍO.

  • Credencial para votar o pasaporte mexicano vigentes.
  • Descargar Solicitud en formato en PDF

    DISTRIBUCIÓN DE FORMATOS PARA LOS DIFERENTES TRÁMITES ANTE EL SISTEMA.

    En tiempo y forma se distribuyen a través de la estructura sindical, los diferentes formatos para los trámites, correspondientes al ejercicio Fiscal 2024, para que sean proporcionados a los afiliados a este Sistema de Ahorro, que los requieran.

    ESTATUS DE UNA SOLICITUD DE PRÉSTAMO

    Después que se registra una solicitud de préstamo ya sea con firma autógrafa o por medio de la Firma Electrónica por Internet se muestran los siguientes estatus:

    • Pendiente trámite. La solicitud aun se encuentra en revisión y validación en SARTET.
    • En trámite. La solicitud se enviá al IPSSET para que el recibo de pago sea emitido.
    • Autorizado. El préstamo está autorizado con su respectivo recibo de pago para su impresión.

    Nota: en caso de que la solicitud sea Cancelada, el estatus mostrará el motivo.

    PÓLIZA DE GARANTÍA DE PROTECCIÓN AL AHORRO DEL SARTET.

    Otorgando mayores beneficios para nuestros afiliados; el SARTET estableció el Programa "Póliza de Garantía de Protección al Ahorro del SARTET".

    VENTAJAS.

  • Protege el patrimonio de los afiliados y/o beneficiarios al cubrir el saldo de sus deudas.
  • Permite a sus beneficiarios designados, contar con el ahorro y bienes, según corresponda, sin ninguna limitante, porque al pagar el saldo de la deuda al SARTET, la misma queda terminada.
  • En caso de préstamos con aval, protege el ahorro del Aval y sus ingresos.
  • Póliza de Garantía de Protección al Ahorro →

    Préstamos Hipotecarios

    Para el Personal Activo de Educación Básica, Media Superior y Superior (Federal Transferido y/o Estatal) y de los Niveles Medio Superior, Superior y CECATI (Federal No Transferido). Para conocer los requisitos de una Solicitud de Préstamo Hipotecario visite la sección Préstamos Hipotecarios.

    Sección de Préstamos Hipotecarios →

    500x500